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¿Sabe cómo reclamar los impuestos pagados por la prestación por maternidad?

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) declara la prestación por maternidad exenta de IRPF.

prestacion por maternidad irpfEsta sentencia viene a confirmar otra sentencia del mismo Tribunal del 2010, en relación a la prestación por maternidad, y por tanto aplicable a la de paternidad, y su tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La cuestión que se debatía era la aplicación del párrafo tercero y cuarto del apartado h) del artículo 7 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en concreto dicho apartado dice,

  • Igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad.
  • También estarán exentas las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las Comunidades Autónomas o entidades locales.

La sentencia, de julio del 2016, y frente a la que no cabe recurso, gira en torno a si el cuarto párrafo del citado artículo limita lo dispuesto en el tercer párrafo, tal y como interpreta la Agencia Tributaria o si, por el contrario, amplia el supuesto recogido en el tercer párrafo como defendía la contribuyente.

El Tribunal ha sido muy claro en la interpretación y manifiesta que la prestación por maternidad que percibe una madre del Instituto Nacional de la Seguridad Social tiene que estar incluida en el tercer párrafo del artículo 7h) de la Ley del IRPF ya que ese precepto reconoce tal beneficio tributario, con carácter general, en su párrafo tercero y lo que hace en el párrafo cuarto es ampliar el beneficio fiscal a las prestaciones que tengan procedencia de otros entes públicos, ya sean locales o autónomos.

Por ello, el Tribunal indica expresamente que la interpretación que realiza la Agencia Tributaria de la regulación legal es desacertada ya que únicamente justifica su negativa a la exención al amparo del párrafo cuarto sin valorar, ni aplicar, lo dispuesto en el párrafo tercero. Y así lo había entendido también el mismo Tribunal en su sentencia de 3 de febrero del 2010,

Del texto contenido en la referida Exposición de Motivos se desprende que la exención que se establece comprende la prestación de maternidad y no sólo las de nacimiento, parto múltiple, adopción e hijo a cargo, pues se refiere expresamente a la prestación por maternidad y no parece pretender que su alcance se limite a las concedidas por las comunidades autónomas o entidades locales, sino que trata de establecer la exención de todas las prestaciones por maternidad, sin distinción del órgano público del que se perciban.

En Ortega & Suárez Asociados contamos con un equipo altamente cualificado y con una consolidada experiencia en derecho bancario y financiero, que le ofrecerán una atención personalizada y le proporcionarán el mejor asesoramiento en su caso. Primera consulta gratuita.

Si bien el porcentaje de retención del IRPF depende de varios factores, en el caso discutido en la sentencia, la contribuyente había percibido como prestación por maternidad 11.679,36 euros y en la sentencia dictada se le reconoce el derecho a la devolución de 3.135,11 euros.

Esta sentencia puede ayudar a miles de padres y madres a reclamar la devolución de los impuestos indebidamente pagados, en concreto, desde el ejercicio tributario del año 2012 en adelante.

¿Cómo reclamar la devolución de los impuestos relativos a la prestación de maternidad?

El procedimiento a seguir sería solicitar una rectificación de la autoliquidación del IRPF a la Agencia Tributaria, si la administración deniega la solicitud se debe acudir al Tribunal Económico Administrativo Regional y, en última instancia, al Tribunal Superior de Justicia correspondiente. Recordar que en el fallo de la sentencia comentada se estima íntegramente el recurso de la contribuyente con expresa imposición de costas a la parte contraria.

Si necesita asesoramiento sobre su prestación por maternidad o paternidad y los impuestos que puede reclamar no dude en ponerse en contacto con nosotros. Nuestros expertos abogados le asesorarán y le darán la mejor solución para su caso. 

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